Con fecha 4 de julio han sido publicados en el BOE los Presupuestos Generales del Estado (Ley 6/2018, de 3 de julio, de P.G.E. para el año 2.018), a través de los cuales se modifican, en su artículo 85, tanto el coeficiente a aplicar a la tarifa del Impuesto como el Potencial de Calentamiento Atmosférico (PCA) de determinados gases fluorados, por lo que se produce un cambio en el Impuesto a repercutir sobre los gases fluorados.
Dicha modificación se deberá aplicar a partir del 1 de septiembre de 2.018 y tendrá una vigencia indefinida. Hasta la fecha, se venía aplicando un coeficiente de 0,02 sobre el PCA de cada gas fluorado, hasta un máximo de 100€/kg.
Pues bien, aunque el máximo aplicable no varía, a partir del 1 de septiembre, el coeficiente a aplicar será de 0,015 sobre dicho PCA y, además, los PCA que indicaba la normativa anterior también han sufrido modificaciones.
Se adjunta tabla elaborada por Agremia con una comparativa de lo que se deberá cobrar hasta el 1 de septiembre y a partir de dicha fecha, respecto a los principales gases fluorados utilizados en nuestro sector.
Aquí te dejo el enlace del BOE por si quieres leer la noticia más detalladamente
http://www.boe.es/boe/dias/2011/03/08/pdfs/BOE-A-2011-4292.pdf
espero que te haya servido la noticia y re haya resultado interesante
un saludo y hasta el próximo jueves